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23 de octubre de 2013
,por Bordas, Verónica
Presente una DDJJ de Ganancias x un período irregular de 3 meses, calculando los anticipos en base a esta DDJJ. Pero la Afip me recalcula los anticipos anualizándome el impuesto, ¿esto es correcto? ¿dónde esta establecido?
De acuerdo a lo establecido en el punto 2, del Anexo de la R.G. Nº 327, se establece lo siguiente:
2. Anticipos cuya base de cálculo es el impuesto determinado por un ejercicio de duración inferior a un (1) año:
a) Impuesto a las ganancias: Deberá determinarse el monto de cada uno de los diez (10) anticipos a ingresar en las condiciones establecidas... >
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